Extraído del diario La Nación.
Domingo 15 de Agosto de 2010
Hay quienes sostienen absurdamente que, para eliminar abortos clandestinos,
lo mejor es matar al niño por nacer legalmente
El tema del derecho a suprimir la vida de la persona por nacer ha sido puesto una vez más sobre el tapete a partir de la controversia desatada por la difusión de un polémico protocolo por parte del Ministerio de Salud de la Nación, publicado «por error» según el titular de la cartera, Juan Manzur, como por recientes declaraciones del consejo superior de la UBA y de la jueza de la Corte Carmen Argibay en favor de la despenalización del aborto.
El Código Penal argentino exime de pena la realización de los llamados abortos terapéuticos y eugenésicos. Los primeros son aquellos que se hacen con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y que no puede ser evitado por otros medios. Los segundos son aquellos en los cuales el embarazo «proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente».
Para la interpretación histórica y tradicional, sólo se exime de pena el aborto sobre un embarazo de una mujer idiota o demente; para la interpretación extensiva, se trata de cualquier violación. Vaya esto sin polemizar sobre tal anacrónica concepción que discrimina a la persona incapaz, y cree que el incapaz va a generar un hijo incapaz, y por eso puede ser eliminado.